Saltar al contenido

Gestoría online para agencias de marketing y creativas

Publicado

Por

13 min de lectura Revisado

Una agencia encaja el IAE (751 o 399 como persona física; 844 como sociedad), factura con el IVA correcto, trata Google Ads o Meta Ads con ISP y distingue freelancers de plantilla. Numonis une plataforma y asesor humano asignado.

Ilustración isométrica de un escritorio de agencia con monitor de diseño, muestras de color, gráfico de campaña y facturas sobre un rombo claro en fondo verde oscuro, con el rótulo Asesoría y el título Gestoría online para agencias de marketing y creativas

Lo que necesitas saber

  • Como persona física, publicidad y relaciones públicas van al grupo 751 del IAE y el diseño gráfico sin organización empresarial al 399; una sociedad usa el grupo 844 de la sección primera. El alta se hace con el modelo 036.
  • A una empresa cliente sin sede en España no le repercutes IVA español. Si está en otro Estado de la UE, necesitas el ROI y declarar la operación en el modelo 349 con la clave S.
  • Las facturas de publicidad o software de un proveedor de la UE no establecido suelen llegar con inversión del sujeto pasivo: las declaras en el 303 y, si son intracomunitarias, en el 349 con la clave I.
  • Pasar al cliente el gasto de medios como suplido solo vale si la factura del proveedor va a su nombre, hay mandato expreso, recuperas el importe exacto y no deduces el IVA de ese gasto.
  • Si facturas como profesional, tus clientes empresa te retienen el 15 % o el 7 %. Cuando factura una SL por su actividad empresarial, el cliente no suele practicar esa retención de IRPF.
  • Numonis combina plataforma y asesor humano asignado. Las integraciones con Stripe y con otras herramientas de facturación aún no están activas, así que exportas sus informes o facturas y los subes a la plataforma.

Si diriges una agencia de marketing, publicidad, branding, social media, diseño o producción audiovisual en España, una gestoría online para agencias debe ayudarte a encajar el epígrafe del IAE, a facturar con el IVA correcto a clientes en España y en el extranjero, a tratar la inversión publicitaria y las herramientas que compras fuera, y a distinguir entre colaboradores freelancers y plantilla. Vale para estudios de una persona y para pequeñas SL con equipo y freelancers. Las fuentes oficiales (Agencia Tributaria, DGT, BOE y Seguridad Social) se consultaron el 13 de octubre de 2026. Confirma tu caso antes de decidir.

Qué necesita una agencia de su gestoría online

Una agencia mezcla honorarios de creación y gestión con gastos de medios, software y colaboradores. Cobra a anunciantes en España y a menudo también a empresas de la UE o de fuera. Compra campañas a plataformas establecidas en Irlanda y SaaS del extranjero. Contrata diseñadores, community managers o producers como freelancers o empleados.

Equipo de una agencia de marketing en una oficina luminosa, colaborando en una mesa con portátiles y gráficos, junto a una pizarra con esquemas de campañas y paredes de cristal con notas adhesivas de colores.

En Numonis combinamos una plataforma donde subes tickets y facturas con un asesor humano asignado que revisa tus números. Para el marco general, lee nuestras guías de gestoría online para autónomos y de gestoría online para pymes. Si tu actividad se acerca más a la consultoría de estrategia o de negocio, la guía de gestoría online para consultores cubre ese perfil.

Autónomo o sociedad limitada

Como autónomo te das de alta rápido, tributas en el IRPF por tus rendimientos y, como recuerda el artículo 10 del Estatuto del trabajo autónomo, respondes de tus deudas con todos tus bienes presentes y futuros.

La sociedad limitada separa tu patrimonio del negocio y tributa en el Impuesto sobre Sociedades. Según el folleto de actividades económicas de la Agencia Tributaria, en los periodos iniciados en 2026 el tipo general es el 25 %, las microempresas con cifra de negocios inferior a 1 millón tributan al 19 % los primeros 50.000 € de base y al 21 % el resto, y las entidades de nueva creación al 15 % en el primer periodo con base positiva y el siguiente.

Si eres socio y prestas tú los servicios que factura tu sociedad, la DGT, en la consulta V1831-15, explica que lo que te paga por esos servicios es rendimiento de actividad económica si estás en el RETA y rendimiento del trabajo si no lo estás. En ambos casos se valora a precio de mercado, porque socio y sociedad están vinculados.

Alta en Hacienda: modelo 036 y epígrafe del IAE

El modelo 036

El alta censal se hace con el modelo 036, porque el 037 se suprimió el 3 de febrero de 2025. En él indicas la actividad, el epígrafe, el régimen de IVA y el de IRPF. Si vas a prestar servicios a empresas de otros Estados de la UE, en el mismo 036 pides el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios para obtener tu NIF-IVA.

Qué epígrafe del IAE corresponde a una agencia

Las tarifas del IAE distinguen entre personas físicas (sección segunda, actividades profesionales) y sociedades o actividades empresariales (sección primera).

Para una persona física que hace publicidad, relaciones públicas o marketing a título individual, la DGT usa el grupo 751 de la sección segunda, “Profesionales de la publicidad, relaciones públicas y similares”, en la consulta V2007-24. Para diseño gráfico ejercido por cuenta propia sin organización empresarial, la V5320-16 y la V2899-16 encuadran la actividad en el grupo 399 de la sección segunda, “Otros profesionales relacionados con otras industrias manufactureras n.c.o.p.”.

Una sociedad no puede usar la sección segunda: la regla 3ª la lleva a la actividad equivalente de la sección primera. El grupo 844, “Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares”, es la rúbrica habitual: la consulta V3041-16 lo describe para creación y difusión de anuncios, campañas, imagen corporativa, marketing directo y relaciones públicas. La V2636-25 sitúa a entidades de servicios a empresas en la agrupación 84, incluido el 844. Si el diseño gráfico se ejerce con organización empresarial, la V2899-16 cita el epígrafe 843.9.

Tener epígrafe no implica pagar el impuesto. Las personas físicas están exentas del IAE, y las sociedades también mientras su cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 €.

El IVA de los servicios de la agencia

Clientes en España

Con clientes en España, empresas o particulares, repercutes IVA español. El tipo general es el 21 %.

Clientes empresa de otros países

Los servicios entre empresas se localizan, por la regla general del manual de IVA, donde está establecido el cliente. Si es una empresa sin sede ni establecimiento permanente en España, la operación no lleva IVA español. La V2007-24 lo confirma para servicios de marketing y relaciones públicas a una empresa estadounidense.

Con clientes empresa de otro Estado de la UE, comprueba su NIF-IVA, necesitas estar en el ROI y declaras la operación en el modelo 349 con la clave S.

Inversión del sujeto pasivo al comprar publicidad y software en el extranjero

Cuando una plataforma o un proveedor de la UE no establecido en el territorio de aplicación del IVA español te factura publicidad, analítica o software, suele aplicar la inversión del sujeto pasivo: tú autorrepercutas el IVA español. El manual de IVA indica que, si quien presta el servicio no está establecido en el TAI y tú sí lo estás como empresario, eres el sujeto pasivo.

En la práctica, las facturas de Google Ads o Meta Ads emitidas desde Irlanda llegan sin IVA español. Las declaras en el modelo 303 (cuota devengada y, si procede, deducible) y, al ser adquisiciones intracomunitarias de servicios, en el 349 con la clave I. Con proveedores fuera de la UE el mecanismo de autorrepercusión en el 303 es análogo, aunque esas compras no van al 349.

Suplidos y refacturación del gasto de medios

Muchas agencias pagan la inversión publicitaria y luego la pasan al cliente. El manual de IVA excluye de la base imponible las sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente, en virtud de mandato expreso, si se justifican y no se deduce el IVA de esos gastos. Exige, entre otros requisitos, que la factura del proveedor vaya a cargo del cliente, que haya mandato expreso, que recuperes exactamente el importe y que no deduzcas el IVA del suplido.

Si la cuenta de la plataforma y la factura están a nombre de la agencia, lo habitual es que el importe forme parte de la base imponible de tu servicio o de una refacturación, con el IVA que corresponda a esa operación, y no como suplido. Separar en factura honorarios e inversión ayuda a documentar el criterio, pero no convierte en suplido un gasto facturado a tu nombre.

¿Listo para una gestoría online de verdad? Asesoría + plataforma para pymes y autónomos. Hablemos

Retenciones cuando facturas y cuando pagas

Lo que te retienen a ti

Si facturas como persona física por una actividad profesional (por ejemplo, grupos 751 o 399), tus clientes empresa en España te retienen según el cuadro de tipos: el 15 % con carácter general, o el 7 % en el año de inicio y los dos siguientes. La Agencia Tributaria enumera entre las rentas sometidas a retención los rendimientos de actividades profesionales; no incluye en esa lista los rendimientos de una sociedad mercantil por su actividad empresarial ordinaria. Por eso, cuando la factura la emite una SL de publicidad o marketing, el cliente suele pagar sin retención de IRPF.

Si al menos el 70 % de tus ingresos profesionales del año anterior llevó retención, no presentas el modelo 130. Si no llegas a ese porcentaje, ingresas cada trimestre el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos lo pagado en los trimestres anteriores.

Lo que retienes tú a freelancers y a plantilla

Cuando pagas a un colaborador autónomo por servicios profesionales, o salarios a empleados, practicas retención e ingresas el modelo 111, con el resumen anual en el modelo 190. Las rentas de propiedad intelectual también figuran entre las sometidas a retención en la misma página de la Agencia Tributaria: si pagas una cesión de derechos de autor documentada como tal, conviene revisar con tu asesor el tipo aplicable antes de liquidar.

Freelancers, empleados y convenio de publicidad

El artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores cubre a quien presta servicios retribuidos por cuenta ajena dentro de la organización y dirección del empleador. El artículo 8 presume contrato de trabajo cuando se dan esos elementos a cambio de retribución. Si un colaborador trabaja con tu horario, tus medios y bajo tus órdenes de forma habitual, el riesgo de reclasificación laboral existe aunque facture como autónomo.

El convenio colectivo estatal para empresas de publicidad (código 99004225011981) regula esas relaciones laborales y excluye a los profesionales liberales con contrato civil o mercantil. Las tablas salariales de 2026 constan en el BOE. Para plantilla, Importass detalla el alta de trabajadores.

Modelos y calendario fiscal

Los modelos más habituales para una agencia son:

  • Modelo 303: IVA trimestral (1-20 de abril, julio y octubre; 1-30 de enero), incluidas las cuotas de ISP.
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF si eres autónomo y no aplicas la regla del 70 %.
  • Modelo 349: clave S (servicios a empresas de la UE) y clave I (adquisiciones, p. ej. publicidad desde Irlanda).
  • Modelo 111 y resumen 190: retenciones a freelancers y empleados.
  • Modelo 390: resumen anual del IVA en enero.
  • Modelo 100: la declaración de la renta, obligatoria con alta en el RETA en el año.

Si facturas a través de una SL, la sociedad presenta además el 200 y los pagos fraccionados del modelo 202 cuando le corresponden.

Seguridad Social: alta en el RETA

Si ejerces la actividad de forma personal y habitual, el alta en el RETA es obligatoria. Importass indica que se pide antes de empezar, con un máximo de 60 días de antelación, con el código del IAE y los rendimientos previstos. La Seguridad Social explica que cotizas según rendimientos netos, puedes cambiar la base hasta seis veces al año y, en la primera alta o sin alta en los dos años anteriores, puedes pedir la cuota reducida en el momento del alta.

Facturación: VeriFactu y factura electrónica

Si facturas con un programa, te afecta VeriFactu. Tras el Real Decreto-ley 15/2025, la Agencia Tributaria indica que las sociedades deben adaptarse antes del 1 de enero de 2027 y el resto, incluidos los autónomos, antes del 1 de julio de 2027. El 5 de octubre de 2026, una nota del Ministerio de Hacienda anunció la previsión de aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028; a 13 de octubre aún no está aprobada (VeriFactu: aplazamiento a 2028).

Si facturas a empresas en España, el Real Decreto 238/2026 obliga a la factura electrónica (sin simplificadas): doce meses después de la entrada en vigor de la orden de desarrollo si el volumen supera 8 millones de euros, y veinticuatro meses en el resto. La Orden HAC/1028/2026 entró en vigor el 6 de octubre de 2026. Detalle en factura electrónica y VeriFactu.

Cómo trabajamos en Numonis con agencias

Con Numonis fotografías el ticket o subes el PDF desde el móvil. El copiloto de IA propone importe, IVA y fecha, y el asesor lo confirma antes de que entre en un modelo. Las facturas de plataformas, SaaS, freelancers y producción se suben igual; el asesor las cuadra con el banco cuando el plan incluye conciliación. La plataforma incluye facturación con VeriFactu para las facturas que emites desde ella. Hablas con tu asesor por correo, chat o videollamada.

A 13 de octubre de 2026 Numonis no tiene integraciones activas con Stripe ni con herramientas de facturación de terceros; conectarlas está en nuestra hoja de ruta. Por ahora exportas de esas herramientas los informes o las facturas y los subes a la plataforma.

Pasos para empezar

  1. Lista servicios y países de tus clientes.
  2. Decide entre autónomo y SL según riesgo, socios e ingresos.
  3. Presenta el 036 con el epígrafe (751 o 399 como persona física; 844 como sociedad) y el ROI si trabajas con empresas de la UE.
  4. Alta en el RETA o alta de empleados si hay plantilla.
  5. Separa honorarios e inversión de medios; documenta suplidos solo si cumplen los requisitos.
  6. Monta el 303 y el 349 (clave I en compras UE; clave S en servicios a clientes UE).
  7. Archiva cada mes facturas de plataformas, SaaS, freelancers y producción.

El servicio de Numonis funciona online, pero si estás cerca de A Coruña, Teruel o Mérida y prefieres alguna reunión en persona, tenemos oficinas. Lo que entra en cada plan depende del nivel contratado, y las tarifas vigentes están en planes y precios.

Preguntas frecuentes

¿Qué epígrafe del IAE usa una agencia de publicidad?

Como persona física, el grupo 751 para publicidad y relaciones públicas, y el 399 para diseño gráfico sin organización empresarial. Como sociedad, el grupo 844 de la sección primera es el habitual para servicios de publicidad.

¿Cómo trato el IVA de Google Ads o Meta Ads facturados desde Irlanda?

Como adquisición intracomunitaria de servicios con inversión del sujeto pasivo: autorrepercutirás en el 303 y declararás la operación en el 349 con la clave I, además de estar en el ROI si corresponde.

¿Puedo pasar al cliente el gasto de medios como suplido?

Solo si cumples todos los requisitos del manual de IVA: factura del proveedor a nombre del cliente, mandato expreso, importe exacto y sin deducir el IVA de ese gasto. Si la factura va a tu nombre, suele ser refacturación e integrar la base imponible.

¿Una SL de agencia lleva retención del 15 % en sus facturas?

La retención del 15 % o del 7 % se aplica a rendimientos de actividades profesionales de personas físicas. Cuando factura una sociedad mercantil por su actividad empresarial, el cliente no suele practicar esa retención de IRPF.

¿Qué convenio aplica si contrato empleados en una agencia de publicidad?

El convenio colectivo estatal para empresas de publicidad (código 99004225011981), con tablas actualizadas publicadas en el BOE, siempre que tu actividad entre en su ámbito. Los profesionales con contrato mercantil quedan fuera de ese ámbito personal.

Este artículo no sustituye a la normativa. Ante un caso concreto, manda el BOE vigente, las instrucciones de la AEAT y las consultas de la DGT aplicables a tu situación.

Gestoría online transparente. Precios claros, sin sorpresas. Ver precios

Fuentes

  1. BOE: Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo
  2. AEAT: Folleto de actividades económicas 4.3, tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades
  3. DGT: Consulta vinculante V1831-15 (socio que presta servicios profesionales a su sociedad)
  4. AEAT: Orden HAC/1526/2024, modificación de las declaraciones censales y supresión del modelo 037
  5. AEAT: Registro de Operadores Intracomunitarios
  6. BOE: Real Decreto Legislativo 1175/1990, Tarifas e Instrucción del IAE
  7. DGT: Consulta vinculante V2007-24 (marketing y relaciones públicas en el grupo 751; servicios a empresa extranjera)
  8. DGT: Consulta vinculante V5320-16 (diseño gráfico en el grupo 399 de la sección segunda)
  9. DGT: Consulta vinculante V2899-16 (diseño gráfico en el 399; con organización empresarial, epígrafe 843.9)
  10. DGT: Consulta vinculante V3041-16 (grupo 844, servicios de publicidad, relaciones públicas y similares)
  11. DGT: Consulta vinculante V2636-25 (entidad de servicios a empresas, agrupación 84)
  12. AEAT: ¿Tengo que presentar la declaración del IAE?
  13. AEAT: Tipo impositivo del IVA (Manual IVA 2026)
  14. AEAT: Prestaciones de servicios, regla general (Manual IVA 2026)
  15. AEAT: Contenido del modelo 349 (Manual IVA 2026)
  16. AEAT: Sujetos pasivos e inversión del sujeto pasivo (Manual IVA 2026)
  17. AEAT: Base imponible y suplidos (Manual IVA 2026)
  18. AEAT: Folleto de actividades económicas 7.1, cuadro de tipos de retención
  19. AEAT: Rentas sometidas a retención e ingreso a cuenta
  20. AEAT: Folleto de actividades económicas 3.7, pagos fraccionados del IRPF
  21. AEAT: Folleto de actividades económicas 7.2, retenciones sobre rendimientos (modelo 111)
  22. BOE: Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores
  23. BOE: Convenio colectivo estatal para empresas de publicidad
  24. BOE: Tablas salariales 2026 del convenio de publicidad
  25. Seguridad Social (Importass): alta de trabajador por cuenta ajena
  26. AEAT: Plazo de presentación del modelo 303
  27. AEAT: Modelo 130, pago fraccionado del IRPF
  28. AEAT: Modelo 349, plazos de presentación
  29. AEAT: Modelo 390, plazos de presentación
  30. AEAT: Folleto de actividades económicas 3.8, declaración anual de la renta
  31. Seguridad Social (Importass): alta en trabajo autónomo
  32. Seguridad Social: cotización de autónomos 2026
  33. AEAT: Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación
  34. Ministerio de Hacienda: nota informativa sobre VeriFactu (5 de octubre de 2026, PDF)
  35. BOE: Real Decreto 238/2026, factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales
  36. BOE: Orden HAC/1028/2026, desarrollo de la factura electrónica entre empresarios y profesionales
  37. Numonis: plataforma y asesoría contable, fiscal y laboral
  38. Numonis: planes y precios
  39. Numonis: oficinas
gestoría onlineagenciasmarketingcreativasautónomosasesoría

Elaborado por Radek Bulat y respaldado por las fuentes enlazadas en esta página.

Cuéntanos sobre tu negocio

Déjanos tus datos y te pondremos en contacto con el especialista adecuado.

Tus datos e intereses

¿Qué opción te describe mejor?
¿En qué necesitas ayuda?

Marca todas las que correspondan.