La base imponible es la cantidad sobre la que se calcula un impuesto: en el IVA, el importe de la operación sin el propio IVA; en el IRPF, tu renta del año, separada en general y del ahorro; en el Impuesto sobre Sociedades, el resultado contable corregido con los ajustes fiscales y menos las bases imponibles negativas que compenses. Sobre ella se aplica el tipo y sale la cuota íntegra.
Te explicamos qué es la base imponible en cada impuesto, cómo calcular la base imponible con ejemplos y qué errores vemos más en autónomos y pymes. La normativa se ha revisado a 30 de octubre de 2026 en los textos consolidados del BOE y en la sede de la Agencia Tributaria. Los ejemplos son ilustrativos, con cifras inventadas.
Qué es la base imponible
Cada impuesto define su propia base imponible, pero la idea es la misma: medir en euros lo que se grava. La Agencia Tributaria la describe, para el IVA, como el importe sobre el que se aplica el tipo.
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En el IVA mide cada operación: lo que cobras por una venta o un servicio.
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En el IRPF mide la renta anual de una persona, autónomos incluidos.
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En Sociedades mide la renta de la sociedad en su periodo impositivo.
No hay que confundirla con lo que entra en el banco ni con el beneficio contable.
Base imponible y base liquidable: dónde entra la cuota íntegra
Es un esquema del cálculo, con la base imponible como punto de partida:
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Base imponible: la renta o el importe que mide el impuesto.
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Base liquidable: la base imponible después de ciertas reducciones. En el IRPF, el artículo 15 de la Ley 35/2006 la define como el resultado de restar las reducciones por dependencia y envejecimiento (como las aportaciones a planes de pensiones) y por pensiones compensatorias.
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Cuota íntegra: el resultado de aplicar el tipo o la escala. En el IRPF se aplican los tipos a las bases liquidables general y del ahorro; en Sociedades, el tipo de gravamen a la base imponible.
Las diferencias en IRPF son claras: la primera reúne las rentas del contribuyente y, tras aplicar las reducciones fiscales, se obtiene la segunda.

En el IVA se habla simplemente de cuota: base imponible por tipo. Lo que viene después ya no cambia la base.
Base imponible del IVA
La base imponible IVA se regula en los artículos 78 a 80 de la Ley 37/1992 y es el punto de partida para calcular la cuota del impuesto en cada operación. La regla general: es el importe total de la contraprestación de la operación, la pague el cliente o un tercero; en este esquema, primero se fija esa base y después se aplica el tipo correspondiente.
Qué se incluye y qué no
Según el artículo 78, forman parte de la base, entre otros:
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Comisiones, portes y transporte, seguros y cualquier otro crédito derivado de la operación principal o de sus accesorias, a favor de quien realiza la operación.
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Las subvenciones vinculadas directamente al precio.
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Los tributos que recaen sobre la operación, excepto el propio IVA.
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Los envases y embalajes cobrados al cliente, aunque sean devolvibles.
Quedan fuera:
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Las indemnizaciones que no sean contraprestación de la operación.
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Los descuentos y bonificaciones concedidos antes o en el momento de la operación, si se pueden justificar.
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Los suplidos: lo pagado en nombre y por cuenta del cliente con su mandato expreso. Hay que justificar el importe y no se puede deducir el IVA que los hubiera gravado.
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Los intereses por aplazar el cobro en la parte posterior a la entrega o prestación de servicios, si constan por separado en la factura y no exceden de los usuales en el mercado.
La diferencia entre suplido y gasto repercutido es práctica. Si pagas una tasa a nombre de tu cliente porque te lo encarga, es un suplido. Si compras algo a tu nombre para prestar el servicio y se lo cobras, es parte de tu precio y lleva IVA. Además, si no repercutes el IVA de forma expresa cuando debías, se entiende que el precio no lo incluía.
El artículo 79 añade reglas especiales para pagos que no son en dinero, precios únicos, autoconsumos y operaciones vinculadas. La Agencia Tributaria lo desarrolla en su manual de IVA.
Cuándo se modifica la base imponible del IVA
El artículo 80 permite corregir la base ya facturada, entre otros casos, por devolución de envases, por descuentos posteriores como un rappel, cuando la operación queda sin efecto o cambia el precio, por concurso del cliente y por créditos incobrables.
Para un impagado, como regla: debe haber pasado un año desde el devengo sin cobrar (seis meses o un año si tu volumen de operaciones del año anterior no superó 6.010.121,04 euros), constar en los libros registro, ser el cliente empresario o profesional o superar la base 50 euros, y haber reclamado el cobro por vía judicial, notarial o por otro medio fehaciente. La modificación se hace en los seis meses siguientes a ese plazo y se comunica a la Agencia Tributaria, que detalla los requisitos para recuperar el IVA impagado y el resto de supuestos de modificación.
En estos casos se emite factura rectificativa, como exige el artículo 15 del Reglamento de facturación.
Base imponible de una factura: ejemplo
El Reglamento de facturación pide que la factura recoja los datos necesarios para determinar la base imponible, el precio unitario sin impuesto, los descuentos, el tipo aplicado y la cuota por separado.

Ejemplo ilustrativo. Algunos profesionales deben incluir también retención de IRPF en sus facturas; una consultora autónoma factura a una empresa:
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Honorarios por sus servicios: 2.000 euros, con un descuento del 10 % pactado al contratar: 1.800 euros.
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Gastos de desplazamiento que pagó a su nombre y repercute: 100 euros.
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Una tasa pagada en nombre y por cuenta del cliente, por encargo expreso: 60 euros (suplido, fuera de la base).
Base imponible: 1.800 más 100, es decir, 1.900 euros; refleja el valor de los productos o servicios antes de impuestos.
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IVA al 21 %, el tipo general del artículo 90: 399 euros.
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Retención del 15 % sobre los ingresos íntegros de 1.900 euros, según el artículo 95 del Reglamento del IRPF: 285 euros. Sería el 7 % en el año de inicio y los dos siguientes, si se cumplen los requisitos.
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Total: 1.900 más 399 más 60 menos 285: 2.074 euros.
En su modelo 303 declarará 1.900 euros de base y 399 de cuota. Si usas un programa, comprueba que separa bien los suplidos; en la guía de programas de facturación repasamos qué mirar al elegirlo. Para el encaje con factura electrónica y VERI*FACTU y para comprobar base, IVA y retención en una factura concreta, usa también la calculadora de IVA e IRPF.
Base imponible IRPF: general y del ahorro
En el IRPF, el artículo 15 marca el orden: la base imponible suma todas las rentas obtenidas por el contribuyente, se calcula cada renta según su origen en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (los rendimientos netos son ingresos menos gastos deducibles) y luego se integran y compensan en dos bases, la general y la del ahorro.
Rendimiento de la actividad en estimación directa
Para un autónomo, el rendimiento de la actividad se calcula con las normas del Impuesto sobre Sociedades y las reglas especiales del IRPF (artículo 28). La estimación directa tiene modalidad normal y simplificada; esta última se aplica si la cifra de negocios del año anterior no superó 600.000 euros, salvo renuncia (artículo 30).
La Agencia Tributaria resume el cálculo en su cuadro del rendimiento neto: ingresos menos gastos deducibles. En la simplificada se resta además un importe por provisiones y gastos de difícil justificación (en el manual de la Renta 2025, el 5 % con un máximo de 2.000 euros). El IVA repercutido no es ingreso de la actividad.
Base general y base del ahorro
La renta general recoge las rentas del contribuyente que no son del ahorro, más las imputaciones de renta, y se integra junto con la base del ahorro según su naturaleza (artículo 45): trabajo, actividades económicas, capital inmobiliario. Según el artículo 48, los rendimientos se compensan entre sí sin límite; las ganancias y pérdidas que no vienen de transmisiones forman otro saldo que, si es negativo, compensa hasta el 25 % del saldo positivo de rendimientos, y el resto se arrastra cuatro años.
La renta del ahorro (artículo 46) incluye intereses, dividendos y otros rendimientos del capital mobiliario de los apartados 1 a 3 del artículo 25, incluidos los procedentes de productos de ahorro o inversión, más las ganancias y pérdidas por transmisiones, como vender acciones. El artículo 49 aplica la misma lógica del 25 % y los cuatro años entre sus dos grupos. Las dos bases no se mezclan, como explica la Agencia Tributaria en sus reglas de integración y compensación.
Ejemplo de base imponible IRPF de un autónomo
Ejemplo ilustrativo. Un diseñador en estimación directa normal, sin otras rentas:
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Ingresos sin IVA: 45.000 euros. Gastos deducibles (cuota de autónomo, alquiler, software, amortizaciones): 15.000 euros.
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Rendimiento neto y base imponible general: 30.000 euros.
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Intereses de 200 euros y ganancia de 1.300 euros por vender acciones: base imponible del ahorro de 1.500 euros.
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Una aportación de 1.000 euros a un plan de pensiones, dentro de los límites, deja la base liquidable general en 29.000 euros.
Sobre esas bases liquidables se aplican las escalas, teniendo en cuenta el mínimo personal y familiar. Si la base liquidable general fuera negativa, el artículo 50 permite compensarla en los cuatro años siguientes.
Base imponible Impuesto sobre Sociedades
El artículo 10 de la Ley 27/2014 define la base imponible como la renta del periodo minorada por la compensación de bases imponibles negativas. En estimación directa se parte del resultado contable y se corrige con las normas de la ley.
Del resultado contable a la base imponible
Se parte del resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias antes del impuesto, calculado con el Plan General Contable. Sobre él se hacen los ajustes, de aumento o disminución, que la Agencia Tributaria detalla en el manual de Sociedades.
Un ajuste típico de aumento: el artículo 15 declara no deducibles, entre otros, el propio Impuesto sobre Sociedades, las multas y sanciones, los recargos ejecutivos y por presentación fuera de plazo y los donativos y liberalidades.
Así sale la base imponible previa. Después se aplican la reserva de capitalización del artículo 25, que explicamos en el artículo sobre capitalización y nivelación, y la compensación de bases negativas.
Base imponible negativa: compensación en 2026
Las pérdidas fiscales generan una base imponible negativa. El artículo 26 no tiene modificaciones desde 2015 en el texto consolidado consultado y fija:
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Sin plazo: se compensan con rentas positivas futuras, sin límite temporal.
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Límite del 70 % de la base imponible previa a la reserva de capitalización y a la compensación.
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En todo caso se puede compensar hasta 1 millón de euros por periodo.
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Sin límite del 70 % para entidades de nueva creación en sus tres primeros periodos con base positiva, ni para rentas por quitas o esperas con acreedores.
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Restricciones si se adquiere una sociedad inactiva o patrimonial, entre otros casos.
Para empresas grandes, la disposición adicional decimoquinta, en la redacción de la Ley 7/2024 para periodos iniciados desde 2024, rebaja el 70 % al 50 % con cifra de negocios de al menos 20 millones e inferior a 60, y al 25 % desde 60 millones. La Agencia Tributaria lo resume en su página de compensación de bases imponibles negativas.
En una pyme, el millón garantizado suele cubrir toda la base.
Ejemplo de base imponible en una sociedad
Ejemplo ilustrativo, sin reserva de capitalización:
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Resultado contable antes de impuestos: 120.000 euros. Multa contabilizada como gasto: ajuste de más 3.000.
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Base imponible previa: 123.000 euros.
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Bases negativas pendientes: 50.000 euros, por debajo del millón, así que se compensan enteras.
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Base imponible: 73.000 euros. Cuota íntegra al 25 %: 18.250 euros.
Para periodos iniciados en 2026, la tabla de tipos impositivos de la Agencia Tributaria recoge el 25 % general, el 23 % para entidades de reducida dimensión y, para micropymes con cifra de negocios inferior a 1 millón, el 19 % hasta 50.000 euros de base y el 21 % por el resto.
Un caso mayor: base previa de 3.000.000 euros y 5.000.000 de bases negativas, con cifra de negocios inferior a 20 millones. Se compensa el mayor entre el 70 % (2.100.000) y 1.000.000: la base queda en 900.000 euros. Con cifra de negocios entre 20 y 60 millones, el límite sería 1.500.000. Si además haces pagos fraccionados, la guía del modelo 202 explica cómo se relacionan con esta base.
Errores frecuentes
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Incluir el IVA en la base imponible o en los ingresos del IRPF.
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Tratar como suplido un gasto pagado a tu nombre, o dejar fuera un suplido sin mandato ni justificante.
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Calcular la retención sobre el total con IVA en lugar de sobre los honorarios.
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Aplicar un descuento posterior sin factura rectificativa.
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Usar el resultado contable como base imponible sin revisar gastos no deducibles.
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Pensar que las bases negativas de Sociedades caducan, o que el 70 % siempre limita a una pyme.
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Mezclar renta general y del ahorro.
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Dejar pasar el plazo de seis meses para modificar la base de un impagado.
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Intentar deducir gastos sin factura completa o sin acreditar su relación con la actividad.
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Confundir la base imponible con otros conceptos fiscales, como la base liquidable o el dinero efectivamente cobrado.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la base imponible de una factura?
Es el importe sobre el que se calcula el IVA: el valor de los productos o servicios antes de impuestos, con lo que forma parte de la contraprestación y sin descuentos previos ni suplidos. Aparece antes del IVA y de la retención.
¿La base imponible incluye el IVA?
No. La base imponible excluye el propio IVA. Si no lo repercutes de forma expresa cuando debías, se entiende que el precio no lo incluía.
¿Qué diferencia hay entre base imponible y base liquidable?
La base liquidable es la base imponible tras ciertas reducciones, como las aportaciones a planes de pensiones en el IRPF. Sobre ella se aplica la escala.
¿Qué es una base imponible negativa y cuánto dura?
Es una pérdida fiscal. En Sociedades se compensa sin plazo, con el límite del 70 % o hasta 1 millón por periodo. En el IRPF, los saldos negativos se compensan en los cuatro años siguientes.
¿Cómo se calcula la base imponible del IRPF de un autónomo?
En el impuesto sobre la renta de las personas físicas, la base imponible se obtiene sumando las rentas del contribuyente, y a los ingresos sin IVA se les restan los gastos deducibles para calcular el rendimiento neto. Ese rendimiento se suma a tus otras rentas generales. Los intereses de productos de ahorro o inversión son un ejemplo de renta del ahorro. Intereses, dividendos y ganancias por ventas van a la base del ahorro.
¿Qué es la cuota íntegra?
Es el resultado de aplicar el tipo o la escala: en Sociedades, sobre la base imponible; en el IRPF, sobre las bases liquidables. Después se restan deducciones, bonificaciones y pagos a cuenta.
Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto. La normativa se revisó a 30 de octubre de 2026 en el BOE y la sede de la Agencia Tributaria; los ejemplos son ilustrativos y las reglas pueden cambiar.